Artículo 44 del REGLAMENTO de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable en Materia de Organismos, Instancias de Representación, Sistemas y Servicios Especializados
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de estos temas) tiene que seguir las leyes y reglas ya establecidas para manejar sus áreas de: normalización e inspección de productos del campo, almacenamiento, sanidad e inocuidad de alimentos, certificación de semillas y registro agropecuario. En otras palabras, no puede hacer lo que quiera, sino que debe cumplir con lo que ya dice la ley y los reglamentos correspondientes para cada uno de estos servicios.
Texto oficial
Artículo 44.- La Secretaría, en la dirección de los servicios nacionales de Normalización e Inspección de Productos Agropecuarios y del Almacenamiento; de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agropecuaria y Alimentaria; de Inspección y Certificación de Semillas, y de Registro Agropecuario, se regirá por las disposiciones legales y demás normas que le resulten aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.