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Ley
REGLAMENTO de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales
Artículo
42

Artículo 42 del REGLAMENTO de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 42 dice que todos los trámites que mencione esta ley o su reglamento deben hacerse siguiendo lo que ahí se indica. Si hay algo que no esté cubierto, se usan las reglas de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para llenar esos huecos. Básicamente, es como tener un instructivo principal y, si algo no queda claro, recurres a un manual de apoyo. Esto aplica para cualquier gestión que tengas que hacer con el gobierno según esta ley.

Texto oficial

Artículo 42. Los trámites establecidos en la Ley y en el presente reglamento se regirán por las disposiciones de éstos y de forma supletoria por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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