Artículo 53 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 53 habla sobre las reglas de los concursos, donde se pide que, además de lo que ya dice la ley, se incluyan estos datos: la fecha para entregar y abrir las propuestas, las razones por las que el concurso podría cancelarse si nadie cumple los requisitos, cómo se les devolverán los documentos a los participantes, y cualquier otra cosa que la Secretaría decida según la ley.
Texto oficial
Artículo 53. Las bases del concurso contendrán, además de lo establecido en la fracción III del artículo 47 de la Ley, los siguientes requisitos e información: I. La fecha de presentación y apertura de propuestas; II. Las causas para declarar desierto el concurso; III. Los términos y condiciones en que será devuelta a los participantes la documentación exhibida, y IV. Los demás que determine la Secretaría conforme a lo previsto en la Ley y este Reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.