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Artículo 54 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien que participa en un concurso (ya sea antes o durante) se pone de acuerdo con otros, habla sobre sus ofertas o estrategias, o incluso si se entera de que alguien más lo hizo y no avisa a la Secretaría, lo van a descalificar. Esto aplica aunque no haya cometido ningún otro delito, y aparte puede enfrentar demandas civiles, castigos penales o multas administrativas. En pocas palabras, está prohibido compartir información o hacer trampa con otros participantes, y también tienes la obligación de reportar si ves a alguien haciéndolo.

Texto oficial

Artículo 54. Sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o administrativa que resulte, se descalificará a los participantes que, antes o durante el proceso del concurso, cooperen, colaboren, discutan o revelen de manera alguna sus posturas u ofertas o sus estrategias de participación en el concurso, o teniendo conocimiento de que otros participantes han incurrido en estas conductas, no lo comuniquen a la Secretaría. CAPÍTULO IX Del Registro de Geotermia

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.