- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
- Artículo
- 10
Artículo 10 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 10 dice que todas las personas que trabajan en escuelas (maestros, directivos, administrativos) tienen que hacer las tareas que vienen en los reglamentos y manuales de la institución. Esos documentos explican cómo está organizada la escuela, cómo funciona y qué pasos seguir para cada cosa. En pocas palabras, el personal debe seguir las reglas internas del lugar donde trabaja para hacer bien su chamba.
Texto oficial
ARTÍCULO 10.- El personal de las Instituciones Educativas debe cumplir las funciones que establecen para tal efecto sus reglamentos y manuales de organización y funcionamiento, así como el de procedimientos. CAPÍTULO II Discentes
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.