- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
- Artículo
- 163
Artículo 163 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección y Rectoría pueden sugerir a la Secretaría que agreguen cursos al programa de becas, según lo que el Sistema Educativo necesite. Estos cursos son para que los maestros se preparen mejor, aprendan cosas nuevas o se actualicen. En pocas palabras, es una forma de pedir que haya más apoyo económico para que los docentes puedan estudiar.
Texto oficial
ARTÍCULO 163.- La Dirección y Rectoría, de acuerdo a las necesidades educativas del Sistema, propondrá a la Secretaría la inclusión de cursos en el programa de becas para la formación, capacitación y actualización docente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.