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Artículo 24 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los maestros y maestras del gobierno que no son militares tienen sus derechos y beneficios según las leyes que les corresponden, como está escrito en su nombramiento o contrato actual. Eso quiere decir que todo lo que les toca (sueldo, vacaciones, prestaciones) depende de lo que dice su documento oficial firmado. Si tienes un contrato como docente civil, lo que ahí se acordó define tus derechos laborales.

Texto oficial

ARTÍCULO 24.- Las personas docentes civiles se regirán por las disposiciones legales respectivas, por lo que respecta a sus derechos y prestaciones, conforme a lo establecido en su nombramiento o contrato de prestación de servicios vigente. Artículo reformado DOF 20-03-2026

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.