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Artículo 51 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección y Rectoría (que son los jefes máximos) va a organizar cursos básicos para los policías o militares con rango de jefes y oficiales que salieron de escuelas donde no hay un lugar especial para practicar su área. También darán otros cursos que el gobierno federal (la Secretaría) decida. En pocas palabras, es para que quienes ya se graduaron sigan aprendiendo lo que necesitan, aunque su escuela no tenga instalaciones para eso. Esto aplica desde marzo de 2026.

Texto oficial

ARTÍCULO 51.- La Dirección y Rectoría implementará los cursos básicos de las personas con jerarquías de Jefes y Oficiales egresadas de las Instituciones Educativas que no tengan Unidad-Escuela de su especialidad, así como otros que determine la Secretaría. Artículo reformado DOF 20-03-2026

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

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