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Artículo 87 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para cursos que duran menos de seis meses, no se necesita un plan de estudios completo, solo un programa. Este programa debe incluir una carátula y varias hojas con información específica, como los objetivos del curso, los temas que se van a ver, cómo se va a evaluar y qué se necesita saber para entrar. También debe traer una hoja de presentación de la materia con cosas como el propósito, la metodología de trabajo y la bibliografía. Al final, se agrega una hoja de identificación del curso y un resumen.

Texto oficial

ARTÍCULO 87.- Los cursos menores de seis meses no tendrán plan de estudios y el documento rector será el programa de estudios, el cual estará integrado como sigue: I. Carátula del programa; II. Hoja de aprobación y legalización; III. Hoja de organización del curso; A. Introducción; B. Fundamentación; C. Objetivo general; D. Contenidos temáticos; E. Planeación de la realización; F. Procedimientos de evaluación; G. Certificación de estudios, y H. Perfil de ingreso. IV. Hoja de presentación de la materia: A. Propósito; B. Alcance; REGLAMENTO DE LA LEY DE EDUCACIÓN MILITAR DEL EJÉRCITO, FUERZA AÉREA Y GUARDIA NACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-03-2026 23 de 47 C. Metodología de trabajo; D. Procedimientos de evaluación, y E. Bibliografía. V. Hoja de identificación del curso o materia; VI. Hoja intermedia de la materia; VII. Hoja de resumen del curso o materia, y VIII. Otros.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.