Artículo 11 del REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien es suplente de un miembro del Consejo de Administración, le aplican las mismas reglas sobre obligaciones, responsabilidades y conflictos de interés. Esto significa que tiene que cumplir con los mismos deberes y evitar las mismas situaciones prohibidas que el titular. No importa que sea suplente: la ley lo trata igual.
Texto oficial
Artículo 11. Las disposiciones contenidas en la Ley y en el presente reglamento, relacionadas con las responsabilidades, deberes y obligaciones, así como lo relativo a los impedimentos y al conflicto de interés de las personas integrantes del Consejo de Administración, son aplicables a las personas suplentes que se designen en términos de la Ley. Capítulo Segundo Del Conflicto de Interés de las Personas Integrantes del Consejo de Administración
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.