Artículo 15 del REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Federal de Electricidad (CFE) y sus empresas hijas tienen la obligación de darle a la Secretaría Anticorrupción y a la Unidad de Responsabilidades, si se lo piden, una copia de toda la información que hayan compartido con otras autoridades de México o del extranjero. Esa información debe ser sobre lo que han hecho antes y ahora los miembros del Consejo de Administración de la CFE. Todo esto se hace siguiendo las reglas de este reglamento y las leyes que protegen tus datos personales.
Texto oficial
Artículo 15. La Comisión Federal de Electricidad y sus filiales, a través de la empresa pública del Estado, deben entregar a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y a la Unidad de Responsabilidades, cuando así le sea solicitado, copia de cualquier información que haya proporcionado a las autoridades competentes, nacionales o extranjeras, relacionada con las actividades actuales y anteriores de las personas integrantes del Consejo de Administración, en términos de este reglamento y la normativa en materia de protección de datos personales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.