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Artículo 15 del REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión Federal de Electricidad (CFE) y sus empresas hijas tienen la obligación de darle a la Secretaría Anticorrupción y a la Unidad de Responsabilidades, si se lo piden, una copia de toda la información que hayan compartido con otras autoridades de México o del extranjero. Esa información debe ser sobre lo que han hecho antes y ahora los miembros del Consejo de Administración de la CFE. Todo esto se hace siguiendo las reglas de este reglamento y las leyes que protegen tus datos personales.

Texto oficial

Artículo 15. La Comisión Federal de Electricidad y sus filiales, a través de la empresa pública del Estado, deben entregar a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y a la Unidad de Responsabilidades, cuando así le sea solicitado, copia de cualquier información que haya proporcionado a las autoridades competentes, nacionales o extranjeras, relacionada con las actividades actuales y anteriores de las personas integrantes del Consejo de Administración, en términos de este reglamento y la normativa en materia de protección de datos personales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.