Artículo 23 del REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que el sueldo de los Consejeros Independientes y de la Persona Comisaria (que son personas que vigilan que todo se haga bien) lo pone un grupo especial llamado Comité Especial. Ese pago lo cubre directamente la Comisión Federal de Electricidad (CFE), no la empresa privada. O sea, el dinero para pagarles sale del presupuesto de la CFE. Así se evita que haya conflictos de intereses.
Texto oficial
Artículo 23. Las remuneraciones de las Personas Consejeras Independientes y de la Persona Comisaria deben ser establecidas por el Comité Especial y ser cubiertas con cargo a la Comisión Federal de Electricidad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.