Artículo 25 del REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo de Administración de la CFE puede crear grupos de trabajo especiales, que se llaman "comités", para que todo funcione mejor. Para hacerlo, necesitan que al menos dos miembros del Consejo lo propongan con una razón clara. Pueden crear estos comités aunque ya existan otros que marca la ley en otro artículo. La idea es que ayuden a que las actividades de la Comisión Federal de Electricidad sean más eficientes.
Texto oficial
Artículo 25. El Consejo de Administración, a propuesta debidamente justificada y presentada por al menos dos de sus integrantes, puede establecer los comités que considere necesarios para el desarrollo eficiente de las actividades de la Comisión Federal de Electricidad, con independencia de los previstos en el artículo 41 de la Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.