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Artículo 3 del REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando surja una duda o haya que aclarar cómo aplicar este reglamento, la única autoridad que puede resolverlo es la Secretaría de Energía. Ella es la encargada de decir cómo se entiende cada parte del documento. Esto significa que ninguna otra persona o institución puede interpretarlo por su cuenta. En pocas palabras, si algo no queda claro, la última palabra la tiene la Secretaría de Energía.

Texto oficial

Artículo 3. La interpretación de este reglamento corresponde a la Secretaría de Energía. TÍTULO SEGUNDO DE LA ORGANIZACIÓN E INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN REGLAMENTO DE LA LEY DE LA EMPRESA PÚBLICA DEL ESTADO, COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 02-12-2025 2 de 17 Capítulo Primero Del Nombramiento y Remoción de las Personas Integrantes del Consejo de Administración

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.