Artículo 81 del REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Federal de Electricidad (CFE) debe crear reglas claras para su sistema de control interno, que es como un conjunto de medidas para evitar fraudes o errores. Estas reglas deben decir cuánto riesgo financiero, legal o de operación puede asumir la CFE al hacer su trabajo, y también los límites de responsabilidad de cada persona involucrada. Además, los representantes, consejeros o apoderados de la CFE en sus empresas filiales tienen que asegurarse de que todo lo que hagan esté alineado con los planes y la visión de la CFE. También deben proponer formas de coordinarse para que el sistema de control interno funcione bien en toda la empresa.
Texto oficial
Artículo 81. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 15, fracción XXVII de la Ley, los lineamientos que regulen el sistema de control interno deben determinar, en su caso y con apego a las disposiciones aplicables, los niveles de riesgos financieros, legales y operativos, y deben incluir los límites de responsabilidad, que la Comisión Federal de Electricidad debe considerar para el desarrollo de sus funciones. La Comisión Federal de Electricidad, a través de sus personas representantes, personas consejeras y personas mandatarias, en las empresas filiales, debe realizar las gestiones necesarias para que, en sus consejos de administración, se alineen las actividades con la planeación y visión estratégica de la Comisión Federal de Electricidad y propongan la adopción de mecanismos de coordinación para la implementación del sistema de control interno.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.