Artículo 17 del REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona comisaria, que es quien revisa cómo se maneja la empresa, cada año hace una evaluación. Si en esa evaluación encuentra algo que parezca un conflicto de interés (cuando alguien mezcla sus intereses personales con los de la empresa), tiene que hacer un informe escrito y mandarlo de inmediato a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Texto oficial
Artículo 17. En el supuesto de que, de la evaluación anual a que se refiere el artículo 125 de la Ley, realizada por la Persona Comisaria, esta detecte un posible caso de conflicto de interés, debe elaborar y remitir inmediatamente a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno el dictamen correspondiente. Capítulo Tercero Del Comité Especial
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.