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Artículo 23 del REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo de Administración (el grupo de personas que toman las decisiones más importantes en Petróleos Mexicanos) puede crear comités o grupos de trabajo para que la empresa funcione mejor y más rápido. Para que esto pase, al menos dos miembros del Consejo deben hacer una propuesta por escrito, explicando bien por qué hace falta ese comité. Estos comités se suman a los que ya están mencionados en otra parte de la ley. En pocas palabras, si dos consejeros lo piden con buenas razones, el Consejo puede armar equipos especiales para ayudar a que Pemex trabaje de manera más eficiente.

Texto oficial

Artículo 23. El Consejo de Administración, a propuesta debidamente justificada y presentada por al menos dos de sus integrantes, puede establecer los comités que considere necesarios para el desarrollo eficiente de las actividades de Petróleos Mexicanos, con independencia de los previstos en el artículo 42 de la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.