Artículo 25 del REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que Pemex y sus empresas hijas pueden usar cualquiera de estas reglas para hacer auditorías (revisiones de cuentas y dinero): las normas internacionales de auditoría, las normas internacionales de información financiera, las normas mexicanas de información financiera, o las normas de auditoría de los institutos mexicanos de auditores y contadores. Además, cuando se hagan auditorías internas (las que hace el propio personal de Pemex), también deben seguir las reglas especiales que dé el Consejo de Administración sobre cómo revisar y fiscalizar.
Texto oficial
Artículo 25. Las normas de auditoría aplicables a Petróleos Mexicanos y, en su caso, a sus empresas filiales, conforme a lo previsto en el artículo 55, fracción V de la Ley pueden ser, sin limitación, alguna de las siguientes: I. Las Normas Internacionales de Auditoría emitidas por la Federación Internacional de Contadores; II. Las Normas Internacionales de Información Financiera emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad; III. Las Normas de Información Financiera emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, y IV. Las Normas de Auditoría, emitidas por el Instituto Mexicano de Auditores Internos y por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos. Tratándose de las auditorías internas a que se refiere el artículo 58 de la Ley, además de aplicar las normas a que se refieren las fracciones anteriores en lo conducente, debe aplicar aquellas que emita el Consejo de Administración en materia de fiscalización y auditorías.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.