Artículo 9 del REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si los consejeros o consejeras independientes de una empresa cometen un error o rompen la ley, tú los puedes demandar ante un juez usando los procesos legales que ya están marcados en otra parte de la Ley. Esto se puede hacer aunque ya haya empezado o terminado el proceso para quitarles su puesto. O sea, no importa si los corren o no del cargo, igual se les puede exigir que paguen por lo que hicieron mal.
Texto oficial
Artículo 9. La responsabilidad en que incurran las Personas Consejeras y las Personas Consejeras Independientes, a que se refiere el artículo 33 de la Ley, es exigible por las vías jurisdiccionales establecidas en el último párrafo del citado precepto, con independencia del inicio o conclusión del procedimiento de remoción que sea aplicable.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.