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Artículo 3 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que se cumpla con lo que dice el artículo 22 de esa Ley, todas las oficinas del gobierno (como secretarías y organismos públicos) tienen que apuntar y avisar en un sistema de computadora cuáles son los expedientes que ya no son secretos. Ese sistema lo va a poner el Archivo General de la Nación en su página de internet. En el listado que suban, deben incluir una breve descripción del documento y decir a qué expediente pertenece. Básicamente, es como hacer pública una lista de documentos que antes estaban reservados.

Texto oficial

Artículo 3. Para el cumplimiento del artículo 22 de la Ley, las Dependencias y Entidades deberán registrar y notificar el listado de Expedientes desclasificados en el sistema informático que para tales efectos habilitará el Archivo General de la Nación en el sitio de Internet, que incluirá la descripción del documento y la identificación del Expediente al que pertenece.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.