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Artículo 33 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el Archivo General de la Nación se entera de que vendieron documentos históricos o importantes (de los que habla el artículo 32) sin cumplir los pasos que marca el artículo 31, entonces debe presentar una denuncia ante las autoridades correspondientes. Esto significa que, si alguien vendió esos papeles de manera ilegal, el Archivo reporta el caso para que se investigue y, si aplica, se castigue conforme a la ley. Básicamente, es la forma de avisar a las autoridades cuando alguien hace una venta indebida de documentos que deben protegerse.

Texto oficial

Artículo 33. Cuando el Archivo General de la Nación tenga conocimiento de la enajenación por venta de los documentos a que se refiere el artículo 32 de la Ley, sin que se hayan observado las formalidades señaladas en el artículo 31 de este Reglamento, formulará la denuncia de hechos, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.