Artículo 32 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 32 dice que cuando te cancelan la licencia para portar armas, esa cancelación aplica desde el momento en que se da la orden. Pero tú puedes defenderte: tienes 15 días para presentar tus pruebas y argumentos. Si no dices nada en ese plazo, o después de que la autoridad revise lo que presentaste, la Secretaría tomará una decisión final.
Texto oficial
ARTICULO 32.- La cancelación de las licencias de portación de armas surtirá efectos desde el momento en que se dicte, sin perjuicio de que el afectado pueda alegar lo que a su derecho convenga, dentro de REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 06-05-1972 6 de 16 un plazo de 15 días, durante el cual podrá presentar las pruebas pertinentes. Transcurrido el término sin que el interesado alegue, o en su caso, con vista en las pruebas y alegatos correspondientes, la Secretaría dictará su resolución.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.