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Artículo 34 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 34 solo sirve para organizar las fábricas de armas y explosivos en dos grupos. El primer grupo son las que hacen armas de fuego, de gas y sus municiones. El segundo grupo son las que fabrican pólvora, explosivos, fuegos artificiales o sustancias químicas que tengan que ver con explosivos (como las que menciona el artículo 41 en su fracción V). En pocas palabras, esto es solo una lista para saber de qué tipo es cada fábrica. No te dice nada sobre lo que puedes o no puedes hacer con ellas.

Texto oficial

ARTICULO 34.- Para los efectos de este Capítulo, se establece la clasificación siguiente: I.- Fábricas de armas de fuego, armas de gas y de municiones, y II.- Fábricas de pólvoras, de explosivos, de artificios o de substancias químicas relacionadas con explosivos mencionados en la fracción V del artículo 41 de la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.