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Artículo 41 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los permisos generales que te den para fabricar armas, municiones o materiales no te permiten venderlos ni pasarlos a otra persona. Si quieres vender o transferir lo que fabricaste, necesitas pedir otro permiso especial, llamado "permiso ordinario". En pocas palabras: tener permiso para hacer algo no te da derecho a venderlo.

Texto oficial

ARTICULO 41.- Los permisos generales que se otorguen para la fabricación de las armas, municiones y de objetos y materiales que señala este Reglamento, no incluyen la autorización de venta o enajenación, para lo cual se deberá obtener el permiso ordinario correspondiente. CAPITULO V De la Organización

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.