- Ley
- REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
- Artículo
- 47
Artículo 47 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Lo que dice este artículo es que las reglas de los artículos 36, 37 y 41 también se aplican al caso del artículo 46, pero solo en lo que sea relevante. "En lo conducente" significa que se toman en cuenta solo las partes que tengan sentido para esa situación. Así que no se copian todas las reglas tal cual, nada más las que sirvan.
Texto oficial
ARTICULO 47.- Lo dispuesto en los artículos 36, 37 y 41 de este Reglamento, es aplicable en lo conducente con relación al artículo anterior.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.