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Artículo 67 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando tengas un permiso general o extraordinario de la Secretaría para transportar armas o materiales, solo puedes usar los medios de transporte y las medidas de seguridad que vienen escritas en ese permiso. Además, tienes que cumplir con lo que digan otras leyes y reglamentos aplicables. En otras palabras, no puedes mover esos objetos como se te ocurra, sino siguiendo al pie de la letra lo que autorizaron y las reglas de seguridad que te pusieron.

Texto oficial

ARTICULO 67.- El transporte de armas, objetos y materiales autorizados implícitamente en los permisos generales y extraordinarios expedidos por la Secretaría, se sujetará a las medidas de seguridad y medios de transporte que en los propios permisos se señalen, así como al cumplimiento de otras leyes y reglamentos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.