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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFAFE/72
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Artículo
72

Artículo 72 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 72 dice que cuando te dan un permiso general para comprar y vender armas u objetos similares, ese permiso debe decir cuánto puedes tener guardado en tu tienda abierta al público. Si quieres guardar armas en otro lugar que no sea la tienda, necesitas un permiso especial. En ese caso, te van a pedir que cumplas con medidas de seguridad para evitar accidentes o que te roben.

Texto oficial

ARTICULO 72.- Los permisos generales de compraventa de armas, objetos y materiales, expresarán las cantidades máximas de almacenamiento permitido en los lugares de los establecimientos comerciales abiertos al público. El almacenamiento en lugares diversos a dichos establecimientos, se autorizará fijando las medidas de seguridad que se deban reunir para evitar accidentes o robos.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos (pág. 12) ↗

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