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Artículo 77 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada vez que vayas a hacer un trámite relacionado con esta ley o su reglamento, tienes que escribir en los papeles el número y el tipo de registro, licencia o permiso que tenga que ver con ese asunto. Básicamente, no olvides anotar esos datos para que todo esté en orden.

Texto oficial

ARTICULO 77.- En toda gestión que se haga respecto al cumplimiento de la Ley y de este Reglamento, el interesado anotará el número y clase del registro, licencia o permiso que se relacione con esa diligencia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.