Artículo 63 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Competencia Económica
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, por lo general, las reglas para presentar y revisar las pruebas en un juicio o proceso aplican para todos los trámites que menciona la ley. O sea, si vas a un procedimiento, las mismas reglas de cómo ofrecer y desahogar pruebas se usan en todos los casos. La única excepción es cuando otra parte de la ley diga algo diferente para un caso en particular. En pocas palabras, es una regla general que funciona para todo, a menos que haya una excepción escrita.
Texto oficial
ARTÍCULO 63.- En lo conducente, las reglas respecto al ofrecimiento y desahogo de pruebas aplicarán a todos los procedimientos previstos por la Ley, salvo disposición en contrario. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 12-10-2007 23 de 25
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.