Artículo 67 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Competencia Económica
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando te tienen que notificar algo importante, el notificador buscará entregarlo directamente a ti, a tu representante legal o a alguien que hayas autorizado. Si no encuentra a nadie, te dejará un aviso en tu casa con la persona que esté ahí, para que esperes al día siguiente a una hora fija. Si tu casa está cerrada, te pegará el aviso en un lugar visible. Si no haces caso al aviso, el notificador podrá entregar la notificación a cualquier persona que esté en tu casa. Si esa persona se niega a recibirla o la casa sigue cerrada, te dejarán la notificación pegada en un lugar visible, como en la puerta. El notificador tiene que levantar un reporte por escrito, explicando cómo confirmó que esa es tu casa, quién recibió la notificación, la fecha y la hora en que la entregó, y de qué trata el documento que te notificó.
Texto oficial
ARTÍCULO 67.- La notificación personal se entenderá con la persona a quien esté dirigida, su representante legal o las personas autorizadas para ese efecto; a falta de éstos, el notificador dejará citatorio con la persona que se encuentre en el domicilio del destinatario, para que éste espere a una hora fija al día hábil siguiente. Si el domicilio se encontrare cerrado, el citatorio se dejará en lugar visible. Si la persona a quien haya de notificarse no atendiere el citatorio, la notificación se entenderá con cualquier persona que se encuentre en el domicilio en que se realice la diligencia, y de negarse ésta a recibirla o, en su caso, de encontrarse cerrado el domicilio, se realizará por instructivo que se fijará en un lugar visible de aquél. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 12-10-2007 24 de 25 De las diligencias en que conste la notificación, el notificador levantará acta circunstanciada en que hará constar la forma cómo se cercioró del domicilio, la personalidad de quien la recibió, fecha y hora en que efectuó la notificación y el acto que se notificó.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.