Artículo 20 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Correduría Pública
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El corredor, que es la persona que trabaja como intermediario en negocios, tiene que poner a la vista de todos, adentro de su oficina o local, el permiso oficial que le dio la Secretaría para trabajar. Ese permiso se llama "habilitación" y es como su licencia para hacer su trabajo legalmente. Si no lo tiene visible, puede meterse en problemas.
Texto oficial
ARTICULO 20.- El corredor deberá exhibir en el interior de sus instalaciones la habilitación expedida por la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.