- Ley
- REGLAMENTO de la Ley Federal de Correduría Pública
- Artículo
- 30
Artículo 30 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Correduría Pública
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres corredor público, tienes que avisarle a la Secretaría cuando tu empresa tenga cambios importantes con el paso del tiempo. Por ejemplo, si cambias de nombre, de dueños o de dirección, debes reportarlo. Esto es para que la autoridad siempre tenga tus datos actualizados. La regla aplica durante todo el tiempo que estés trabajando como corredor.
Texto oficial
ARTICULO 30.- El corredor deberá notificar a la Secretaría los cambios significativos que tenga su firma durante el transcurso del tiempo. Sección Tercera De las Pólizas y Actas Denominación de la Sección reformada DOF 26-11-2012
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.