Artículo 52 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Correduría Pública
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los agentes inmobiliarios o corredores tienen la obligación de poner en un lugar visible dentro de su oficina una lista con los precios actualizados de los servicios más comunes que ofrecen. Ahí deben decir cuánto cobran por su trabajo (los honorarios) y si hay otros gastos extra, como los aproximados. Esto es para que tú, como cliente, sepas de antemano cuánto te va a costar y no te lleves sorpresas.
Texto oficial
ARTICULO 52.- El corredor deberá exhibir, en el interior de sus oficinas, en forma notoria y a simple vista, la tarifa actualizada de los principales servicios que ofrezca el público, especificando el monto de los honorarios y, en su caso, los gastos aproximados que correspondan.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.