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Artículo 8 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Puedes usar cualquier sistema para llevar tus registros, ya sea en papel o digital, mientras tenga la información que pide el artículo 12 de esta Ley. No importa si usas una libreta, una computadora o una aplicación, lo importante es que anotes todos los datos que la ley exige. El chiste es que guardes la información completa y clara, sin importar el formato que elijas.

Texto oficial

Artículo 8.- Para cumplir con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley, se podrá usar cualquier sistema de registro, siempre que contenga la información a que se refiere el citado precepto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.