- Ley
- REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía
- Artículo
- 14
Artículo 14 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los que hacen películas pueden pedir permiso para usar terrenos o edificios que sean del gobierno federal, pero siempre deben seguir las leyes que aplican. No pueden estorbar el uso normal que ya se le da a esos inmuebles, como oficinas o escuelas. Básicamente, el gobierno les presta el espacio siempre y cuando no lo dañen ni interrumpan las actividades diarias.
Texto oficial
Artículo 14. Los productores cinematográficos, para la filmación de sus películas, podrán tener acceso a los bienes inmuebles de propiedad federal, acatando las leyes respectivas y sin interferir en su uso ordinario.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.