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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFCine/25
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía
Artículo
25

Artículo 25 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te anuncien una película en periódicos, revistas o volantes, el anuncio debe mostrar claramente el número de autorización y la clasificación (como "A", "B" o "C") que le puso la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía. Esto es para que sepas si la película es apta para niños, adolescentes o solo para adultos. El distribuidor que contrata y pone esos anuncios tiene la obligación de incluir esa información. Así no te llevas sorpresas si llevas a los niños al cine.

Texto oficial

Artículo 25. La publicidad sobre las películas que contraten y difundan los distribuidores en los medios impresos, deberá incluir de manera visible el número de autorización y la clasificación asignada por la Dirección General.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.