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Artículo 4 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los gobiernos de los estados y de los municipios pueden ayudar a impulsar el cine en México, siempre y cuando no vayan en contra de lo que dice esta ley. Pueden hacerlo por su cuenta o firmando acuerdos con el gobierno federal, específicamente con la Secretaría de Cultura y la Secretaría de Educación Pública, cada quién dentro de lo que le toca.

Texto oficial

Artículo 4. Las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias y en lo que no se oponga a la Ley y a este Reglamento, podrán coadyuvar en el fomento, desarrollo y . promoción de la industria cinematográfica, por sí o a través de convenios con el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría y de la Secretaría de Educación Pública, en lo que concierna a sus atribuciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.