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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFCine/71
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía
Artículo
71

Artículo 71 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección General tiene derecho a hacer revisiones o inspecciones para asegurarse de que se esté cumpliendo la ley y el reglamento. Esas visitas las harán cuando sea necesario, pero siempre siguiendo las reglas que marca la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que es como el manual para que todo sea legal y justo. Básicamente, pueden llegar a checar tu negocio o documentos, pero deben hacerlo sin pasarse de la raya y respetando los pasos establecidos. Si te toca una revisión, tú también tienes derecho a que se haga de manera ordenada y sin abusos.

Texto oficial

Artículo 71. Para verificar el debido cumplimiento de la Ley y de este Reglamento, la Dirección General practicará las visitas de verificación que considere necesarias, cumpliendo con las formalidades establecidas en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. CAPÍTULO X DEL RECURSO ADMINISTRATIVO

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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