Artículo 133 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Instituto puede quitarle el permiso para operar a una sociedad por decisión propia o si alguien se lo pide, pero solo cuando se cumplan las condiciones que están escritas en el artículo 194 de la Ley. Eso significa que no lo hacen por gusto, sino solo en situaciones muy específicas que ya están definidas.
Texto oficial
Artículo 133.- El Instituto podrá revocar la autorización de operación de sociedad de oficio o a petición de parte, en los casos previstos en el artículo 194 de la Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.