Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 140 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien presenta una queja formal ante el Instituto, ellos tienen máximo 10 días para notificar a la persona o personas contra las que va la queja. Esa notificación se hace con un citatorio (un aviso oficial), y se les da 10 días para que respondan por escrito. También se fija una fecha para una junta de avenencia, que es una reunión donde se busca llegar a un acuerdo. En el citatorio se les advierte lo que dice el artículo 218 de la Ley. La notificación puede ser en persona o por correo certificado con acuse de recibo. Aunque la persona no conteste, igual se puede hacer la junta. Y si la junta se agenda dentro de los primeros 10 días, la respuesta se puede presentar hasta ese momento.

Texto oficial

Artículo 140.- Con el escrito inicial y sus anexos, el Instituto, en un plazo que no excederá de diez días, correrá traslado mediante citatorio a la persona o personas contra las cuales se presente la queja, concediéndoles un plazo de diez días para que contesten, y señalando fecha para la celebración de la junta de avenencia. En el citatorio se hará constar el apercibimiento a que se refiere la fracción III del artículo 218 de la Ley. La notificación del citatorio a que se refiere el presente artículo se efectuará a las partes en forma personal o por correo certificado con acuse de recibo. No será obstáculo para la celebración de la junta de avenencia el hecho de que la parte o partes contra las cuales se presenta la queja no contesten. La contestación podrá presentarse al momento de la junta de avenencia cuando ésta se señale dentro de los diez días siguientes a la presentación del escrito inicial.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.