Artículo 15 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si usas señales de satélite codificadas sin permiso, pero no las vendes ni obtienes dinero por eso, no te van a cobrar multas o daños. Esto aplica siempre que seas una persona común, sin malas intenciones y sin buscar ganancias. La ley dice que como "usuario de buena fe" (es decir, que actúas sin saber que haces algo ilegal) estás protegido. En corto: si no lucre con la señal, no te preocupes por pagar.
Texto oficial
Artículo 15.- El usuario final de buena fe no estará obligado al pago de daños y perjuicios por la utilización de señales de satélite codificadas portadoras de programas conforme al artículo 145, fracción I, de la Ley, siempre que no persiga fines de lucro. TÍTULO III DE LA TRANSMISIÓN DE DERECHOS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.