Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 28 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si haces una obra que está basada en otra (como una adaptación de un libro, una canción o una película), no necesitas pedirle permiso al dueño de la obra original para demandar a alguien que use tus ideas nuevas y originales. Tus aportaciones propias están protegidas por la ley, igual que si fueran una obra completamente nueva. Esto quiere decir que puedes defender tus derechos sobre lo que tú creaste, sin tener que esperar a que el dueño de la obra anterior esté de acuerdo.

Texto oficial

Artículo 28.- El autor de una obra derivada, no requerirá autorización del titular de los derechos sobre la obra primigenia para entablar demanda en relación con sus aportaciones originales protegidas en los términos del artículo 78 de la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.