Artículo 31 bis del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 31 bis dice que, para lo que marca el Artículo 92 bis de la misma Ley, las "obras de artes plásticas" son todas las creaciones artísticas que se ven y tienen forma, ya sea en una superficie plana o en tres dimensiones. Esto incluye, por ejemplo, la pintura, la escultura y el dibujo. En pocas palabras, se refiere a obras que se hacen a mano y se pueden tocar o ver, como un cuadro o una estatua.
Texto oficial
Artículo 31 bis.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 92 bis de la Ley, se entenderá por obras de las artes plásticas, todas aquellas creaciones artísticas de carácter plástico y visual, fijadas sobre una superficie plana o tridimensional, entre las que se encuentran las ramas pictórica, escultórica y de dibujo. Artículo adicionado DOF 14-09-2005
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