Artículo 51 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres cantante, músico o actor, y alguien usa tu trabajo sin tu permiso y violando la ley, puedes pedir que te paguen por los daños que eso te cause. Eso incluye tanto el daño material (como dinero que dejaste de ganar) como el daño moral (como el golpe a tu reputación o a tu dignidad). Además, también tienes derecho a una indemnización, que es una compensación económica extra por los problemas que te generaron. En pocas palabras, la ley te protege para que puedas reclamar si hacen mal uso de tu actuación o interpretación.
Texto oficial
Artículo 51.- Los artistas intérpretes o ejecutantes tendrán derecho a exigir la reparación del daño material y/o moral, así como la indemnización por daños y perjuicios, cuando la utilización de una interpretación o ejecución se realice en contravención a lo dispuesto por la Ley. Artículo reformado DOF 14-09-2005
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.