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Artículo 51 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres cantante, músico o actor, y alguien usa tu trabajo sin tu permiso y violando la ley, puedes pedir que te paguen por los daños que eso te cause. Eso incluye tanto el daño material (como dinero que dejaste de ganar) como el daño moral (como el golpe a tu reputación o a tu dignidad). Además, también tienes derecho a una indemnización, que es una compensación económica extra por los problemas que te generaron. En pocas palabras, la ley te protege para que puedas reclamar si hacen mal uso de tu actuación o interpretación.

Texto oficial

Artículo 51.- Los artistas intérpretes o ejecutantes tendrán derecho a exigir la reparación del daño material y/o moral, así como la indemnización por daños y perjuicios, cuando la utilización de una interpretación o ejecución se realice en contravención a lo dispuesto por la Ley. Artículo reformado DOF 14-09-2005

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.