Artículo 54 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando hagas un trámite por escrito sin un formato oficial, tu documento debe incluir: tu nombre completo, una dirección en México donde puedas recibir notificaciones (avisos o respuestas oficiales), y papeles que demuestren quién eres o que acrediten a tu empresa si es el caso. También tienes que explicar claramente qué estás pidiendo y por qué, con los datos o leyes que apoyen tu solicitud. Agrega el comprobante de pago de los derechos (como una tarifa o impuesto). Si algún documento está en otro idioma, debe ir traducido al español.
Texto oficial
Artículo 54.- En caso de no ser necesaria la forma oficial, el escrito deberá contener: I. Nombre del solicitante; II. Domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos; III. Documentos que acrediten la personalidad del solicitante, de sus apoderados o representantes legales; en caso de ser persona moral, los documentos que acrediten su legal existencia; IV. Petición del solicitante, redactada en términos claros y precisos; V. Hechos y consideraciones de derecho en que el solicitante funde su petición; VI. Comprobante de pago de derechos, y VII. En su caso, traducción al español de los documentos que se acompañen escritos en idioma distinto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.