Artículo 55 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando entregues una solicitud o trámite al Instituto, asegúrate de que no tenga tachaduras, borrones o correcciones. Una vez que la reciban y la acepten, ya no podrás cambiarle nada, y cada documento que entregues debe ser para un solo asunto, no mezcles varios temas. Si la mandas por correo o mensajería, se considerará recibida hasta que el Instituto le ponga su sello con la fecha y hora de llegada. Los anexos o papeles extra que incluyas pueden ser copias simples, pero tendrás que pagar una cuota para que las comparen con los originales, a menos que la ley pida los originales directamente.
Texto oficial
Artículo 55.- Las solicitudes o promociones no deberán contener tachaduras o enmendaduras. Una vez admitidas a trámite, no podrán ser modificadas por el solicitante. Cada solicitud o promoción corresponderá a un asunto. Las solicitudes y promociones remitidas por correo, servicios de mensajería u otros equivalentes se tendrán como efectivamente entregadas cuando cuenten con sello del Instituto, en el que conste la fecha y hora de recepción. Los anexos podrán ser copias simples, en cuyo caso se deberá pagar la cuota que por su cotejo con los originales corresponda, salvo las excepciones en que se requieran éstos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.