Artículo 62 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Una vez que ya te inscribiste, tienes 30 días para pedir que te entreguen tu certificado. Si se te pasan esos 30 días, ya no te lo pueden dar así nomás, sino que tienes que hacer un trámite especial de entrega extemporánea, o sea, fuera del plazo normal. Así que échale ojo al tiempo para que no tengas que hacer vueltas extras.
Texto oficial
Artículo 62.- Hecha la inscripción, el interesado contará con un término de treinta días para reclamar la entrega del certificado correspondiente; agotado este término, deberá solicitar su entrega extemporánea.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.