Artículo 65 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si notas que tu certificado del Registro tiene un error (como un nombre mal escrito o un dato incorrecto por culpa de ellos, no por tu culpa), puedes pedir que lo corrijan. Tienes hasta tres meses después de que te entregaron el certificado para hacer el trámite. No cuentan errores que tú hayas provocado, solo los que cometió el Registro. Es un derecho fácil de usar y sin broncas si lo haces a tiempo.
Texto oficial
Artículo 65.- Los interesados podrán solicitar la corrección de errores de transcripción o de otra índole directamente imputables al Registro, en un plazo no mayor a tres meses después de la expedición del certificado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.