Artículo 91 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto puede hacer acuerdos con otras empresas o personas (terceros) para que ellas también entreguen el ISBN o el ISSN. El ISBN es el código único que identifica cada libro, y el ISSN es el que identifica las revistas o publicaciones periódicas. Estos acuerdos sirven para que más organizaciones puedan dar estos números, no solo el Instituto.
Texto oficial
Artículo 91.- El Instituto podrá realizar con terceros convenios de coordinación que tengan por objeto otras formas de otorgamiento del Número Internacional Normalizado del Libro o del Número Internacional Normalizado para Publicaciones Periódicas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.