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Artículo 91 del REGLAMENTO de la Ley Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto puede hacer acuerdos con otras empresas o personas (terceros) para que ellas también entreguen el ISBN o el ISSN. El ISBN es el código único que identifica cada libro, y el ISSN es el que identifica las revistas o publicaciones periódicas. Estos acuerdos sirven para que más organizaciones puedan dar estos números, no solo el Instituto.

Texto oficial

Artículo 91.- El Instituto podrá realizar con terceros convenios de coordinación que tengan por objeto otras formas de otorgamiento del Número Internacional Normalizado del Libro o del Número Internacional Normalizado para Publicaciones Periódicas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.