Artículo 20 del REGLAMENTO de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El grupo de personas que dirige una institución (el "órgano de gobierno") es el que decide cuánto les pagan a sus propios integrantes, pero tiene que seguir las reglas que ponga la Secretaría de Programación y Presupuesto. También ese mismo grupo define los premios o bonos que se ganan los consejeros si hacen bien su trabajo, o los castigos si lo hacen mal.
Texto oficial
ARTICULO 20.- El órgano de gobierno, con base en la normatividad que emita la Secretaría de Programación y Presupuesto fijará las remuneraciones que correspondan a sus miembros por el ejercicio de esta función. El propio órgano de gobierno establecerá los estímulos y recompensas o en su caso las medidas correctivas a que se hagan acreedores los consejeros como resultado del desempeño de sus cargos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.